La intensidad de olores fétidos que brotaban de un departamento movilizó a los agentes de la Policía Municipal hasta la supermanzana 255, donde se descubrió el cadáver de un perro, el cual habría muerto de hambre tras haber sido abandonado por su familia.

En la noche del lunes, alrededor de las 22:15 horas, se reportó al número de emergencias 911, olores fétidos que emanan del interior de un departamento ubicado en el fraccionamiento Paseos Nikté, de la ciudad de Cancún, por lo que los agentes de la ley y el orden se lanzaron a verificar.

Al llegar al edificio situado sobre la calle Noil con avenida Diamante, los policías no pudieron ingresar, así que solicitaron la ayuda de los bomberos para abrir la cerradura, al entrar se toparon con una triste e inhumana escena.

El cadáver de un perro yacía sobre el suelo del domicilio, los elementos señalaron que el can habría muerto por falta de alimento, pues creen que fue abandonado por sus dueños cuando estos desocuparon el departamento.

Hasta el momento se desconoce si la autoridad sancionará a los responsables de un acto tan cruel, como lo indica la Ley de Protección Animal del Estado de Quintana Roo.

Maltrato animal se pagará más caro en Cancún

La Sociedad Protectora de Animales ‘Luum Balicheo’ celebró el pasado 7 de octubre del 2022, el aumento al doble en las multas por maltrato animal en el municipio de Benito Juárez, en el Reglamento de Protección y Bienestar Animal.

Las multas por malos tratos y crueldad hacia los animales se hayan incrementado al doble en los artículos 31 y 32 del reglamento antes mencionado.

Las reformas aprobada en los artículos 31 y 32 del Reglamento de Protección y Bienestar Animal, con el objetivo de doblar los montos a pagar a quien se encuentre responsable de maltrato y crueldad animal.

El regidor que preside la Comisión de Ecología, Turismo y Medio Ambiente, Eduardo Kuyoc Rodríguez, detalló que en el caso del Artículo 31, las sanciones pasaron de 10 a 50 UMA (que era de entre 962.2 a cuatro mil 811 pesos) a estar de entre 20 a 100 UMA; entre los 1,924.4 y los 9,622 pesos.

En dicho artículo se establece una serie prohibiciones a cualquier acto de crueldad en contra de animales como:

– La tenencia habitual de animales en lugares desprotegidos como zotehuelas o patios sin techar.
– Abandono de animales en el interior de vehículos.
– Transportar animales suspendidos por los miembros y, en el caso de aves, con las alas cruzadas.
– Vender animales en la vía pública o en redes sociales, entre otras más.

En cuanto a las multas en el artículo 32, éstas pasaron de entre 100 a 200 UMA (de nueve mil 622 a 19 mil 244 pesos) a entre 200 a 400 UMA, que van de los 19 mil 244 a los 38 mil 488 pesos.

Pero también a cualquier mutilación, física u orgánica, que no se efectúe por motivos fundados de salud; todo hecho, acto u omisión que ocasione dolor, sufrimiento, pongan en peligro la vida o integridad del animal, entre otras prácticas.